El Intendente Daniel Benítez y funcionarios de Puerto Yeruá violaron la veda electoral

 A partir de la primera hora de este miércoles 19 comenzó a regir en todo el país la veda de actos públicos “susceptibles de promover la captación del sufragio”. El plazo comienza a correr 25 días antes de las PASO del 13 de agosto.

Desde el 19 de julio hasta el día de las PASO las autoridades nacionales, provinciales y municipales tendrán prohibida la realización de actos públicos que puedan ser considerados como acciones destinadas a promover el voto hacia los oficialismos.

La restricción, que se toma 25 días antes de las Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias, no impide que los partidos de gobierno y quienes encarnan sus candidaturas realicen actividades proselitistas. Sólo cancela la realización de inauguraciones, promociones y lanzamientos de obras y programas, por ejemplo.

La veda está contenida en el Código Electoral Nacional (CEN), que indica: “Durante la campaña electoral la publicidad de los actos de gobierno no podrá contener elementos que promuevan o desincentiven expresamente la captación del sufragio a favor de ninguno de los candidatos a cargos públicos electivos ni de las agrupaciones políticas por las que compiten”.

El reglamento prohíbe “durante los 25 días anteriores a la fecha fijada para la celebración de las elecciones primarias, abiertas y simultáneas, y la elección general, la realización de actos inaugurales de obras públicas, el lanzamiento o promoción de planes, proyectos o programas de alcance colectivo y, en general, la realización de todo acto de gobierno que pueda promover la captación del sufragio a favor de cualquiera de los candidatos a cargos públicos electivos nacionales, o de las agrupaciones por las que compiten”.

Puerto Yeruá siempre dando el ejemplo de lo que no se debe hacer

En la localidad de Puerto Yeruá, el Intendente Daniel Benítez que se postula para un nuevo mandato, su secretario de Salud, Dr. Martín Alfaro, que se postula a primer concejal y la actual secretaria de Desarrollo Social, Liliana Sguerzo, que se postula a Viceintendenta, subieron un video en la página oficial de Facebook de la Municipalidad de Puerto Yeruá, en donde promocionan ellos mismos (Ver Video al final de la nota).

El CEN establece también que los funcionarios públicos que autoricen o consientan la publicidad de actos de gobierno en violación de la prohibición podrán ser inhabilitados de uno a 10 años para el ejercicio de cargos públicos.

 

(319) Puerto Yeruá: El intendente Benítez viola la veda electoral – YouTube

Redaccion-Uno