MEGAJUICIO: Dictan 8 años de cárcel para Urribarri e inhabilitación perpetua para cargos públicos

El Tribunal de Juicios y Apelaciones condenó a 8 años de cárcel e inhabilitación perpetua para ejercer cargos públicos al exgobernador Sergio Urribarri por los delitos de corrupción. Al exministro Pedro Báez los jueces le dieron 6 años y medio de prisión. El cuñado de Urribarri, Juan Pablo Aguilera, fue condenado a 6 años y medio de prisión. Tanto Báez como Aguilera también fueron inhabilitados para ejercer cargos públicos.

De las 13 imputaciones, 4 personas resultaron absueltas: el exministro de Turismo, Hugo Marsó; el contador y empleado del Gobierno provincial, Gustavo Tórtul; el diseñador gráfico Maximiliano Sena y Alejandro Almada. Además se absolvió a Hugo Céspedes, que falleció después de iniciado el debate. Pese a la extinción de la acción penal por su muerte, el tribunal consideró justo absolverlo de culpa y cargo y decidió que el proceso no afecta su buen nombre y honor. Tal como valoraron en las otras absoluciones, los jueces sostuvieron que no hallaron elementos que sostengan las imputaciones pedidas por los fiscales.

El adelanto de sentencia, una lectura que llevó desde las 8.30 de este jueves hasta pasadas las 21 -hubo tres pausas que no superaron dos horas-, ordenó además expropiación de las instalaciones de calle Racedo 415 de Paraná, donde funciona la imprenta y toda la estructura logística. El tribunal consideró que quedó acreditada la titularidad de Aguilera sobre ese comercio que se montó en base a uno de los mecanismos de corrupción más salientes -causa imprentas-. El juez Chemez señaló que el galpón fue adquirido con un crédito bancario subsidiado por el Estado y el negocio se desarrolló con dineros públicos que se desvió en las dos gestiones de Urribarri como gobernador.

Condenas de ejecución condicional

Además de las condenas mencionadas arriba, el tribunal consideró la culpabilidad del diseñador gráfico Emiliano Giacopuzzi como partícipe secundario por el delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública. Lo condenó a 2 años de ejecución condicional.

A Germán Buffa lo declararon partícipe necesario de las negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y se lo condenó a 1 año y 2 meses de ejecución condicional.

A Gerardo Caruso lo condenaron como partícipe necesario de negociaciones incompatibles y peculado y lo condenaron a 3 años de ejecución condicional más inhabilitación absoluta perpetua. “Creemos que las penas pedidas por Fiscalía han sido excesivas y no se consideraron atenuantes”, dijo el presidente del Tribunal y puntualizó en la situación de Cargnel, a quien Fiscalía consideró “mano derecha” de Juan Pablo Aguilera que, más allá de todo, “cumplió siempre su rol de contadora interna de la empresa y es madre”.icta

A Corina Cargnel, el tribunal la condenó como partícipe necesaria de negociaciones incompatibles con ejercicio de función pública y peculado por la causa imprentas y en la causa parador. Le dieron 3 años de ejecución condicional e inhabilitación absoluta perpetua.

A Gustavo Tamay lo encontraron responsable como partícipe necesario de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública y lo condenaron a 3 años de prisión de ejecución condicional más inhabilitación absoluta perpetua.

Declararon a Luciana Almada partícipe necesaria de negociaciones incompatibles y peculado y la condenaron a 2 años y medio de ejecución condicional.

Redaccion-Uno

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